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Poder general por escritura pública

ESCRITURA No.
FECHA …………………….
CLASE DE ACTO: PODER GENERAL
PERSONAS QUE INTERVIENEN: ………………………
A: ……………………….
———————————————————————————————-
No.

NUMERO:

En la ciudad de ………………………, Distrito Capital, República de Colombia, a los …………( …… ) días del mes de ……de mil novecientos noventa y OCHO (1998), en la notaria ___ ( ) del Circulo de ……………………… , cuyo titular es:

Compareció ………………………, mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadanía número ………………. de ………………………, domiciliada en esta ciudad , de estado civil Soltera, manifestó que obrando en su propio nombre confiere PODER GENERAL con todas las facultades dispositivas y administrativas al Señor ………………………, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía número ……………..expedida en ………………………, domiciliado en ………………………., para que celebre y ejecute los siguientes actos y contratos:

PRIMERO: Para que administre los bienes de la poderdante, sean muebles ó inmuebles, recaude sus productos, y celebre con relación a ellos toda clase de contratos de disposición, de garantía o de administración, enajene o venda.

SEGUNDO: Para que exija, cobre y perciba cualesquiera cantidades de dinero o de otras especies que se adeuden a la poderdante, expida los recibos y haga las cancelaciones correspondientes.

TERCERO: Para que pague a los acreedores de la poderdante y haga con ellos arreglos sobre los términos de pago de sus respectivas acreencias.

CUARTO: Para que exija y admitan cauciones que aseguren los créditos reconocidos o que reconozcan a favor de la poderdante, sean reales o personales.

QUINTO: Para que por cuenta de los créditos reconocidos o que se reconozcan a favor de la otorgante, admita a los deudores, en pago, bienes distintos de los que están obligados a dar y para que remate tales bienes en juicio.

SEXTO: Para que exija cuentas a quienes tengan obligación de rendirlas a la poderdante, las apruebe o impruebe, y pague o perciba, según el caso, el saldo respectivo, otorgando los finiquitos correspondiente.

SEPTIMO: Para que condone total o parcialmente las deudas a favor de la poderdante y para que conceda a los deudores esperas para satisfacer sus obligaciones.

OCTAVO: Para que ratifique ampliamente en nombre de la poderdante toda clase de contrato celebrado por ella.

NOVENO: Para que haga donaciones entre vivos de bienes de la poderdante, muebles o inmuebles, presentes o futuros y para que obtenga la insinuación necesaria.

DECIMO: Para que asegure las obligaciones de la poderdante, o las que contraiga a nombre de esta, con hipoteca sobre sus bienes muebles o con prenda sobre sus bienes inmuebles; o para que las cancele en caso de existencia.

DECIMO PRIMERO: Para que tome para la poderdante, o dé por cuenta de ella, dinero en mutuo con facultad de estipular tipo de interés, plazo y demás condiciones.

DECIMO SEGUNDO: Para que acepte, con o sin beneficio de inventario, las herencias que se defieran a la poderdante, para que las repudie o acepte o repudie los legados o donaciones que se le hagan.

DECIMA TERCERA: Para que nove las obligaciones de la poderdante o las que contraiga a favor de ella y para que transija o Concilie los pleitos, deudas y diferencias que ocurran relativas a los derechos y a las obligaciones de la poderdante.

DECIMA CUARTA: Para que someta a Conciliación o la decisión de tribunales de arbitramento constituidos de acuerdo con la Ley o con la costumbre, los pleitos, dudas o diferencias relativos a los derechos y obligaciones de la poderdante y para que la represente en la sustanciación del juicio o de los juicios arbitrales respectivos.

DECIMA QUINTA: Para que constituya servidumbres activas o pasivas a favor o a cargo de los bienes inmuebles de la poderdante.

DECIMA SEXTA: Para que represente a la poderdante, con las más amplias facultades en las sociedades, o compañías de que sea socia o accionista; y para que celebre en nombre de la poderdante, contratos de sociedad o de cualquier tipo comercial y aporte toda clase de bienes de la poderdante.

DECIMA SEPTIMA: Para que celebre contratos de cuenta corriente o de cuenta de ahorros en nombre de la poderdante, así como para cancelar las mismas, consignar a ellas o hacer retiros totales o parciales, y en todo caso para tener acceso ilimitado; también para retirar Certificados de Deposito a Termino o cualesquiera otro título valor ante cualquier entidad.

DECIMA OCTAVA: Para que represente ante las corporaciones, funcionarios o empleados de los entes legislativos, ejecutivo, judicial y contencioso, en toda clase de peticiones, actuaciones o procesos, actos diligencias o gestiones en que la poderdante tenga que intervenir directa o indirectamente.

DECIMO NOVENO: Para que sustituya total o parcialmente este PODER y revoque sustituciones y en general, para que asuma la personería de la poderdante siempre que lo estime conveniente, de manera que en ningún caso quede sin representación en los actos y negocios que le interese.

VIGESIMO: Para que represente a la poderdante en cualesquiera actuación judicial o extrajudicial.

VIGESIMO PRIMERO: Para nombrar apoderados judiciales o extrajudicial que la representen en casos actuales o futuros y ante las autoridades competentes.
VIGESIMO SEGUNDO: Para nombrar apoderados judiciales o extrajudicial que la representen en casos actuales o futuros y ante LOS JUECES PENALES A NIVEL NACIONAL, PRESENTE DENUNCIAS PENALES POR CUALQUIER HECHO PUNIBLE QUE ATENTE CONTRA SUS DERECHOS O INTERESES Y SE CONSTITUYA EN PARTE CIVIL.

Que este PODER GENERAL, en todos los casos y para todos los efectos, lo otorga, definitivamente, con todas las facultades generales y especiales que se requieran conforme a la Ley, por lo cual debe entenderse conferido sin limitación alguna, no solo para lo expresamente previsto, sino para todas las

diligencias, gestiones actuaciones y representaciones, anexas, conexas, accesorias o complementarias, con capacidad para recibir, desistir, sustituir, transigir, cancelar, recurrir, intervenir, excepcionar, reasumir, postular, demandar, litigar, pedir, conciliar y renunciar.

Presente el Señor ………………………., manifiesta que acepta la presente escritura junta con el poder que la misma contiene por estar en todo de acuerdo.——————————————————————————–

Leído el presente instrumento por los comparecientes, enterados de su contenido, le dieron su asentimiento y en prueba de ello lo firman junto con el suscrito notario quien en esta forma lo autoriza———————————–

Se emplearon las hojas de papel notarial números————————–

Derechos notariales Decreto 1681/96 —————————————-
Otorgante

……………………….
C. C. No. ………………… de ……………………….

Aceptante

………………………
C. C. No. …………….de ……………………….

EL NOTARIO ____________

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