La cuenta se formulará en la oportunidad prevista en el contrato de obra. Como se sabe, el anticipo es la entrega en dinero que la entidad contratante hace, a favor del contratista, pero sólo con miras a la ejecución del contrato. A ella se agregará como anexos, los siguientes documentos:
1. Certificado de aprobación del programa de inversión del anticipo;
2. Copia informal del contrato;
3. Fotocopia informal del NIT, o del documento de identificación, según si se trata de un contratista persona jurídica, o persona natural;
4. Copia del certificado de reserva presupuestal
5. Certificado de aprobación de la garantía única del contrato.



