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¿Qué es un contrato de trabajo a término fijo?

El trabajo que regula este código es toda actividad humana libre, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra, y cualquiera que sea su finalidad, siempre que se efectúe en ejecución de un contrato de trabajo. (Art. 5 C.S.T)

Definición de contrato de trabajo

1. Contrato de trabajo es aquél por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra Persona natural o Persona jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración.

2. Quien presta el servicio se denomina trabajador, quien lo recibe y remunera, patrono, y la remuneración, cualquiera que sea su forma, salario. (Art. 22 C.S.T).

Requisitos del contrato de trabajo a término fijo

El contrato de trabajo a término fijo debe constar siempre por escrito y su duración no puede ser superior a tres (3) años, pero es renovable indefinidamente.

1. Si antes de la fecha de vencimiento del término estipulado, ninguna de las partes avisare por escrito a la otra su determinación de no prorrogar el contrato, con una antelación no inferior a treinta (30) días, éste se entenderá renovado por un período igual al inicialmente pactado, y así sucesivamente.

2. No obstante, si el término fijo es inferior a un (1) año, únicamente podrá prorrogarse sucesivamente el contrato hasta por tres (3) períodos iguales o inferiores, al cabo de los cuales el término de renovación no podrá ser inferior a un (1) año, y así sucesivamente.

PAR.—En los contratos a término fijo inferior a un año, los trabajadores tendrán derecho al pago de vacaciones y prima de servicios en proporción al tiempo laborado cualquiera que éste sea. (Art. 46 C.S.T).

¿Cómo se renueva el contrato de trabajo a término fijo?

Un contrato de trabajo a término fijo como bien lo explica la norma, es posible renovarlo de forma indefinida sin que por esto se transforme en un contrato a término indefinido.

La renovación del contrato a término fijo no es indispensablemente obligatoria como erradamente se suele pensar. El contrato de trabajo consiste en un acuerdo de voluntades, y la voluntad de las partes ha sido firmar un contrato de trabajo que concluirá en una fecha específica, por lo que una vez culminado el contrato, una vez vencido su plazo, dependerá de la determinación de las partes realizar la renovación de éste o no.

En el contrato de trabajo a término fijo no se aplica lo que se estipula en un contrato a término indefinido en el sentido que mientras haya la causa u objeto del contrato de trabajo no es posible despedir al trabajador. En el contrato a termino fijo, el patrono tiene la posibilidad de elegir por no efectuar la renovación del contrato (es su voluntad) aun cuando permanezcan las causas que generaron el contrato, toda vez que por la naturaleza del contrato a termino fijo, las obligaciones propias del contrato, desaparecen al finalizar el término del contrato.

Únicamente en algunas situaciones especiales y excepcionales, y en las que se demuestre que la no renovación del contrato es producto de la discriminación por su estado físico, de salud o laboral, es posible alegar la ilegalidad de la determinación de no renovar el contrato.

El contrato de trabajo a término fijo debe efectuarse por escrito

Aunque el contrato de trabajo se puede realizar por escrito o verbal, para la situación de los contratos a término fijo, la ley indica que estos deben ser por escrito, de lo contrario se comprenderá como indefinido. Debido a que en el contrato de trabajo a término fijo existe la seguridad de su duración, esta solo se poseerá en la medida en que haya un documento con valor probatorio que facilite reconocer totalmente la fecha de finalización del contrato. De no identificarse con precisión la duración del contrato, éste se estimará bajo cualquier circunstancia de carácter indefinido.

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