El trámite de la sucesión notarial sucede cuando los herederos se encuentran en total capacidad de proceder de común acuerdo y presenten por escrito un poder para sucesión ante un notario de Colombia a través de un apoderado judicial; dicho poder debe ser presentado de manera personal por el apoderado ante el notario del circulo notarial que pertenezca a la última residencia del causante, si disponía de varias, será entonces el del asiento principal de sus negocios.
¿Cuáles son las condiciones para poder tramitar la sucesión ante un notario?
– Uno de los principales requisitos es que los herederos gocen de plenas facultades.
– Que exista un acuerdo entre los herederos, no debe haber ninguna clase de diferencia con respecto a la sucesión.
– Se debe presentar un poder para sucesión ante el notario a través de un apoderado, esto significa, se necesita de un abogado.
Esta regla se halla contemplada en el artículo 1° del decreto 902 de 1988 el cual fue cambiado por el decreto 1729 de 1989 artículo 1°, dicho artículo en su inciso primero determina esta regla de la siguiente forma:
“Podrán liquidarse ante notario público las herencias de cualquier cuantía y las sociedades conyugales cuando fuere el caso, siempre que los herederos, legatarios y el cónyuge sobreviviente, o los cesionarios de éstos, sean plenamente capaces, procedan de común acuerdo y lo soliciten por escrito mediante apoderado, que deberá ser abogado titulado e inscrito”.
El heredero único también tiene la posibilidad de acogerse a este trámite; el poder para sucesión ante el notario en Colombia debe contener:
– Nombre y vecindad de los peticionarios.
– Interés que les asiste para iniciar el trámite de sucesión notarial.
– Nombre y último domicilio del causante.
– La declaración de cómo se acepta la herencia (se acepta pura y simplemente o con beneficio de inventario).
– Se debe expresar bajo la gravedad de juramento que no se conocen a otros herederos con mejor derecho, o no se sabe de la existencia de otros herederos o acreedores, distintos a los que se deben enunciar en la relación de activos y pasivos.
– Si el causante era casado se deberá presentar la solicitud junto con el cónyuge, a menos que haya muerto o se demuestre disolución de la sociedad conyugal.
El poder para sucesión ante el notario permite a los herederos realizar la solicitud del trámite legal con el fin de reclamar la herencia que le corresponde a cada uno de ellos por medio de un apoderado, que en este caso debe ser el abogado de confianza que ellos estimen conveniente.
Para ampliar esta información te invitamos a continuar leyendo sobre Poder para solicitar liquidación de herencia y de sociedad conyugal ante el notario.



