Dependencia: .
Radicación Nº: .
Disciplinado: .
Cargo y Entidad: .
Quejoso: .
Fecha de Queja: .
Fecha hechos: .
Asunto: Auto por el cual se promueve un conflicto negativo de competencia. (Articulo 82 de la ley 734 de 2.002).
, .
De la Procuraduría Delegada para se ha recibido, el presente expediente, por ser esta dependencia la llamada a continuar conociendo del proceso disciplinario, en el que se investiga al señor , en su condición de , por hechos ocurridos en la ciudad de .
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Señala la ley 734 de 2.002, lo siguiente:
“ Articulo 74. Factores de competencia. La competencia se determinará teniendo en cuenta la calidad del sujeto disciplinable, la naturaleza del hecho, el territorio donde se cometió la falta, el factor funcional y el de conexidad.
En los casos en que resulte incompatible la aplicación de los factores territorial y funcional, para determinar la competencia, prevalecerá este ultimo.
Articulo 82. Conflicto de competencias. El funcionario que se considere incompetente para conocer de una actuación disciplinaria deberá expresarlo remitiendo el expediente en el estado en que se encuentre, en el menor tiempo posible, a quien por disposición legal tenga atribuida la competencia.
Si el funcionario a quien se remite la actuación acepta la competencia, avocará el conocimiento del asunto; en caso contrario lo remitirá al superior común inmediato, con el objeto de que éste dirima el conflicto. El mimo procedimiento se aplicará cuando ambos funcionarios se consideren competentes.
El funcionario de inferior nivel, no podrá promover conflicto de competencia al superior, pero podrá exponer las razones que le asisten y aquel, de plano, resolverá lo pertinente.
El artículo del decreto 262 de 2000, establece: .
.
De ahí que tanto la competencia funcional como territorial para adelantar el trámite del expediente corresponda a ese despacho.
En consecuencia se promueve conflicto negativo de competencia, en aras de que la Procuraduría Delegada para , continúe conociendo del proceso.
En mérito de lo expuesto, el Procurador Delegado para ,
RESUELVE
PRIMERO: Promover conflicto negativo de competencia.
SEGUNDO: Remitir a la Procuraduría Delegada para , el proceso disciplinario numero , de acuerdo con las razones expuestas en la parte motiva.
CÚMPLASE
Procurador Delegado para



