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Pruebas de parte. Auto que decide sobre solicitud de pruebas en etapa procesal diferente a descargos Arts 90, 92.4, 93, y 132.

Dependencia: .
Radicación Nº: .
Disciplinado: .
Cargo y Entidad: .
Quejoso: .
Fecha de Queja: .
Fecha hechos: .
Asunto : Auto por medio del cual se incorporan unas pruebas a petición de parte en etapa procesal diferente a descargos. (Artículos 90, 92.4, 93 y 132 de la ley 734 de 2.002),El señor , disciplinado en condición de , en ejercicio de sus derechos, presenta memorial en el que solicita y aporta las siguientes pruebas ( Folio ) :

. Documentales:
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. Testimoniales:
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. Otras:
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CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

De conformidad con el artículo 132 del CDU los sujetos procesales pueden aportar y solicitar la práctica de las pruebas que estimen conducentes y pertinentes; deben ser rechazadas aquellas inconducentes, impertinentes, superfluas e inútiles.

En consonancia con lo anterior, se decide frente a las pruebas aportadas y solicitadas :

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Con el fin de que se aporte nuevos elementos de juicio, se dispone decretar de oficio la siguiente prueba:

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En mérito de lo expuesto, el Procurador Delegado para

RESUELVE

: Tener como prueba, de acuerdo con lo visto los documentos señalados en el numeral

: Acceder a la práctica de la prueba señalada en el numeral .

: Decretar y practicar de oficio las pruebas señaladas en el numeral

: Para la recepción de la prueba ordenada se comisiona a la Procuraduría Provincial de , con amplias facultades para subcomisionar, por el término de ( ) días.

: Comunicar la presente decisión a los sujetos procesales advirtiéndoles que contra la misma no procede recurso alguno.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Procurador Delegado para .

En mérito de lo expuesto, el Procurador Delegado para

RESUELVE

: Tener como prueba los documentos señalados en el numeral .

: Acceder a la práctica de la prueba señalada en el numeral .

: Negar, por las razones expuestas, la práctica de la prueba señalada en el numeral .

: No admitir como prueba los documentos señalados en el numeral , conforme lo indicado en la parte motiva de esta providencia.

: Decretar de oficio la practica de la prueba señalada en el numeral .

: Para la recepción de la prueba ordenada se comisiona a la Procuraduría Provincial de , con amplias facultades para subcomisionar, por el término de ( ) días.

: Notificar personalmente la presente providencia, advirtiendo que contra la misma procede el recurso de reposición, que se deberá interponer por escrito dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación y sustentar dentro del mismo término. Para tal efecto, líbrese la respectiva comunicación indicando la decisión tomada y la fecha de la providencia.

En caso que no pudiere notificarse personalmente, se fijará estado en los términos previstos por el art. 321 del CPC.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

Procurador Delegado para .

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